VEHÍCULOS
1) ¿
Qué utilidad me brinda un vehículo?
1.- Los Vehículos automóviles
Más allá de la definición
que de vehículo automóvil nos dan los diccionarios
y más instrumentos análogos, un vehículo
automóvil puede ser:
• Un equipo de trabajo, como en el
caso de los vehículos empleados para la distribución
de productos; acarreo de materiales, materias primas o insumos;
etc. Al cumplir esta noble función, los vehículos
facilitan el acceso de las poblaciones a los alimentos necesarios
para la supervivencia; permiten un eficaz aprovisionamiento
de materias primas e insumos para las industrias y empresas,
en definitiva, facilitan y potencian la vida en sociedad.
Pensemos un momento en cuan difícil resultará
cumplir las tareas antes aludidas, si no contásemos
con vehículos automóviles apropiados a los propósitos
aquí referidos y tendremos una idea aproximada de la
importancia de esta función de los vehículos
automóviles.
• Un medio de transporte de personas,
ya sea masivo, selectivo, empresarial o familiar, etc, como
en los casos de omnibuses, microbuses y toda clase de automóviles
carrozados con capacidad para, al menos, dos personas.
• Un medio de transporte y desplazamiento
o bipersonal, como en el caso de las motocicletas, tricares,
cuadrones y más velocípedos motorizados.
2) ¿Qué obligaciones
obtengo al ser propietario de un vehículo?
Si usted es propietario de un vehículo,
es una persona afortunada; piense, si no, en cuántas
personas no pueden poseer un vehículo. Esta fortuna
exige algunas obligaciones a cambio:
• Protección, cuidados y mantenimiento.
En efecto, cualquiera sea la marca, el modelo y hasta la edad
del vehículo, aquél tiene un costo nada despreciable
y exige protecciones contra robos y daños, así
como los cuidados el mantenimiento correspondiente a fin de
garantizar, tanto su vida útil cuanto la seguridad
de quienes viajan en él y de los transeúntes.
En la actualidad la mayoría de vehículos vienen
acompañados de manuales de usuario o propietario en
los que se exponen con claridad las principales previsiones
para el mantenimiento del vehículo; sígalas
fielmente, tales previsiones han sido resumidas por verdaderos
expertos y son más recomendables que la sugerencia
de cualquier amigo.
• No Olvide cumplir las disposiciones
legales relativas a la propiedad y al equipamiento mínimo
del vehículo: esto es: Períodos legales de revisión
y matrículas; accesorios no permitidos ( polarización
de cristales, sirenas, por ejemplo) vigencia de su licencia;
etc. Confeccione usted mismo un “cronograma” de
obligaciones relacionadas con su vehículo y colóquela
en algún lugar visible o accesible dentro de la cabina
del vehículo, así podrá consultarlo cuando
sea menester;
• No deje, jamás, las llaves
del vehículo dentro de él, ni al alcance de
niños menores, mucho menos si son todavía pequeños
que pudieran, jugando, provocar un deslizamiento o cualquier
otro percance: Una buena cantidad de accidentes se producen
por esto;
• Si no dispone de un garaje cubierto
que proteja el exterior de su auto, procure adquirir algún
tipo de cobertor, en el mercado los hay de todo género
y precio.
• Si guarda usted el vehículo
en un garaje multiusuario (garaje público), tome todas
las precauciones del caso y, por ninguna razón, deje
usted las llaves del garaje. Si fuera necesario, y el terreno
del garaje lo permite, deje el carro en neutro; así
podrán deslizarlo en caso de necesidad.
3) ¿Qué seguridades
debo tener en cuenta al conducir mi vehículo?
Se debe viajar en un auto en perfecto estado
y no sobrecargado; respetar las distancias de seguridad y
no conducir cuando se está cansando, ebrio o drogado,
son simples normas de prudencia que deberían respetar
todos los motoristas.
La mayoría de personas tenemos la
confianza y hasta la convicción de que somos buenos
conductores, hábiles para subir al auto e ir de un
lugar a otro en cualquier tiempo. Pero, la verdad es que no
siempre estamos aptos para conducir vehículos a motor.
Pensemos cuidadosamente en nuestra propia
conducción y percatémonos de algunas circunstancias
que nos inhabilitan para conducir. Seguramente, reconoceremos
algunas aplicables a nosotros mismos o a personas allegadas.
Aquí es donde nuestra actitud o juicio
intervienen. Cada quien es el juez respecto de su calidad
de conductor.
1.- Fatiga
Conducir un vehículo es trabajo que
exige constante alerta y produce cansancio aunque se o haga
por diversión. La fatiga puede envolvernos antes de
que nos demos cuenta de ello y hacernos tomar decisiones equivocadas
al conducir.
• Cuando toma más tiempo reaccionar
a condiciones cambiantes es oportuno tomar un descanso.
• La extrema fatiga puede provocar
somnolencia (hipnosis de la carretera): momento de sopor,
adormecimiento, cabeceo y más manifestaciones similares
detrás del volante. El vehículo no está
equipado con control piloto automático; por tanto,
nadie debería manejar hasta el agotamiento.
• La hipnosis de la carretera es una
condición de fatiga y aburrimiento en que los sentidos
se reducen y embotan; la mirada se torna excesivamente fija,
todo lo cual incapacita a cualquier conductor para reaccionar
apropiadamente ante las circunstancias del tráfico
a su alrededor.
Por razones como las anotadas, nunca conduzca
más de dos horas sin un descanso y no más de
seis u ocho horas en viajes largos.
2.- Tensión (Estrés)
Todo conductor maneja con su cabeza, manos
y pies; pero con su personalidad también.
No es recomendable conducir cuando se está
irritado, colérico, enfadado o trastornado, de tal
modo que el piloto no pueda concentrarse en su conducción.
Lanzar la puerta o castigar el carro para
“sacar” la irritación podría hacerle
sentir mejor; pero si se considera cuántos accidentes
han ocurrido justamente por esta conducta se entenderá
que no vale la pena hacerlo.
Los transtornos emocionales son otro aspecto
de la tensión que hace a los conductores peligrosos;
pues, en tales condiciones no pueden pensar clara y calmadamente,
por tanto no deberían estar detrás del volante
de un carro.
3.- Enfermedad
Todos, alguna vez en la vida, estamos enfermos,
como para permanecer en la cama. Aún una gripe leve
puede provocar cansancio y las suficientes molestias como
para causar distracciones fatales.
Aunque la misma enfermedad no se manifiesta
con igual intensidad en todas las personas, la mayoría
estaríamos tan disminuidos que no podríamos
manejar con la misma sobriedad; no obstante muchos lo intentaríamos.
Antes de hacerlo, reflexionemos y evaluemos nuestra real capacidad
de conducción en tal estado y, ante cualquier duda,
desistamos de instalarnos tras el volante.
4.- Alcohol
El Alcohol- no importa si proviene de cerveza,
vino o licor-es una droga que entorpece los reflejos y disminuye
el juicio; ya sea que el conductor se sienta bien o vivaz;
una vez en el cuerpo solo el tiempo removerá el alcohol.
Café negro, o ducha fría no dan sobriedad a
un ebrio.
Los efectos del alcohol varían si
se está cansado y dependen de algunas circunstancias
como, por ejemplo: qué y cuanto se ha comido; se está
tomando drogas o medicinas; etc.
Ninguna cantidad de alcohol es segura. Aténgase
a una regla muy simple: No conduzca bajo efectos del alcohol.
5.- Otras drogas
Todas personas bajo influencia de drogas
que alteran la mente, tales como Maguana, LSD, heroína,
no debe intentar conducir. Estas drogas son impuras y su fuerza
varía. Ellas afectan la conducta o el humor de las
personas; así como su visión, reacción
y habilidad para juzgar tiempo y espacio. Ellas tienden a
hacer de los consumidores personas indiferentes y hasta inconscientes
de lo que les rodea. Sus efectos son, a veces, impredecibles.
Sea especialmente cuidadoso de conducir después
de tomar una nueva medicina hasta conocer cómo le afecta.
A continuación algunas recomendaciones atinentes:
• Medicinas prescritas, aún
las que se compran libremente, pueden afectar la condición
general de todo conductor.
• Píldoras de dieta pueden provocar
sensaciones de alerta y ocasionar riesgos innecesarios.
• Píldoras para dormir pueden
dificultar el pensamiento y afectar las emociones y pericia
para conducir, aún horas después que se las
ha ingerido.
• Píldoras alérgicas
y remedios para la gripa suelen provocar adormecimiento y
disminución de los sentidos; igual consecuencia provocan
tranquilizantes y similares.
En definitiva, conducir bajo la influencia
de cualquier droga, controlada o no, es ilegal, en extremo
peligrosa. Piense antes de conducir: si usted no está
a buen nivel o disminuido, ¿permitiría que otra
persona maneje su vehículo en tales condiciones?. Si
su respuesta es “no”, obre en consecuencia y….POR
FAVOR NO CONDUZCA
4) ¿Cuáles
son los límites de velocidad permitidos en la Provincia
del Guayas?
Todos hemos oído que la velocidad
es la causa de los accidentes, pero esta afirmación
no es necesariamente verdadera.
Si un conductor que maneja con cuidado; está
alerta, observando las condiciones de la carretera y su tránsito
y está consciente de los peligros; y, opera su vehículo
a altas velocidades, no hay nada acerca de la velocidad en
sí misma que causaría un accidente.
Pero por cada kilómetro por hora sobre
el límite de velocidad marcado, un conductor veloz
renuncia a las opciones de seguridad que existen en o bajo
los límites de velocidad.
Casi todas las señales de límite
de velocidad están diseñadas para los sitios
o segmentados de carretera a los que aluden, tomando en consideración
aspectos tales como tráfico cruzado, visibilidad, peatones,
diseño de la carretera y otras circunstancias que afectan
la seguridad al conducir. Cualquiera que excede, las señales
de límites de velocidad se arriesga, por ejemplo, a
que la curva adelante sea más cerrada de lo que aparenta;
o que el punto abajo contenga carreteras cruzadas; o que peatones
o animales irrumpan abruptamente en la carretera.
Obedeciendo las señales de velocidad
limitada, el conductor tendría tiempo para reaccionar
y evitar problemas con estos peligros. Por el contrario, como
se anotó anteriormente, si el conductor toma la oportunidad
de exceder el límite de velocidad, renuncia a estas
seguridades construidas y diseñadas para su protección.
A más de la velocidad, mayor oportunidad
de tener problemas y menor capacidad de reacción ante
probables accidentes que, racionalmente, podrían evitarse.
El artículo 181 del Reglamento a la Ley de Tránsito
y Transporte Terrestre establece límites de velocidad
en general para las vías públicas, con excepción
de trenes y autocarriles; son los siguientes:
Vehículos livianos:
• Dentro del Perímetro Urbano:
50 Kilómetros por hora
• En vías perimetrales: 90 Kilómetros
por hora.
• En carretera: 100 Kilómetros por hora.
Vehículos de transporte masivo
de pasajeros:
• Dentro del perímetro urbano:
40 Kilómetros por hora.
• En vías perimetrales: 70 Kilómetros
por hora.
• En carretera: 90 Kilómetros por hora.
Vehículos de transporte de
carga en carretera:
• Camiones pesados y combinaciones
de camión remolque, el límite velocidad es de
70 kilómetros por hora; y,
• Para el caso de vehículos que remolquen acoples
u otros automotores, se sobrentiende ( en el Registro Oficial
no se establece límite de velocidad). que el límite
de velocidad es de 70 Kilómetros por hora.
Además de respetar los límites
de velocidad establecidos, el operador debe conducir su vehículo
de manera prudente y cuidadosa y a un grado de velocidad no
más grande que lo razonable y prudente en el sitio
en que opera, considerando el tráfico, condición
de la vía o carretera; su vehículo, visibilidad
adelante para no poner en peligro la vida, la propiedad u
otros derechos de cualquier persona que tiene facultad para
conducir en la vía, carretera o autopista.
5) ¿En qué lugares
debo reducir la velocidad?
Algunos lugares específicos en donde
la velocidad debe reducirse son:
• Acercándose y cruzando una
intersección o un cruce de trenes;
• Acercándose y transitando por una curva;
• Acercándose a la cima de una subida o cresta;
y
• Viajando en una vía estrecha, zigzagueante
o ventosa.
Conducir a altas velocidades puede ser tan
peligroso como hacerlo a bajas velocidades (Arts. 154 y ss.
De la LTTT; Art. 185 del Reglamento de la LTTT). En efecto,
conducir a velocidades inferiores a las normales constituye
un peligro. Si tres o cuatro vehículos están
encolumnados detrás de usted saque su vehículo
saque su vehículo a una zona segura para permitir que
los siguientes vehículos continúen.
Si después de leer este artículo
sobre límites de velocidad, ha determinado que la velocidad
de su vehículo está controlada por las condiciones
de lugar y tiempo en que conduce, se siente confiado y seguro,
usted está dentro de los límites señalados.
Si no se encuentra dentro de los límites señalados,
probablemente tiene que releer y revisar, las razones para
los límites de velocidad.
6) ¿Qué equipos
básicos debo llevar en mi vehículo?
Equipo de vehículos a motor
No obstante que la LTTT y su reglamento no
definen el equipo básico de los vehículos automotores,
los artículos 47 y 88 de la Ley y 110 de su reglamento
establecen la obligatoriedad de que los vehículos automotores
cuenten con:
• Partes, componentes y equipos que
aseguren que no se rebasen los límites máximos
permitidos de emisión de gases contaminantes;
• Botiquín elemental de primeros
auxilios;
• Extintor de incendios con capacidad
de 10 Kg de polvo químico;
• Caja de herramientas básicas;
• Llantas de emergencia; y,
• Triángulos de seguridad.
No obstante lo indicado, a continuación
en este punto y los subsiguientes de este capítulo
se resumen algunas recomendaciones técnicas relativas
al equipamiento vehicular y a los accesorios que hoy en día
facilitan la conducción y garantizan su mejor desempeño.
a) Faros delanteros.- Capaces
de iluminar personas o vehículos a una distancia de
120 metros con luces altas y 35 metros con luces bajas. Las
luces altas deben estar bajadas cuando se encuentra con otros
vehículos a 100 metros. Faros delanteros deben estar
en buenas condiciones todo el tiempo, media hora antes del
nacimiento del sol y media hora antes de la puesta del sol
y en cualquier tiempo cuando la visibilidad debida al tiempo,
viento con polvo, etc. Es menor que 160 metros.
b) Faros de cola.- Deben emitir luz roja
visible a 160 metros.
c) Faros de señales.- Deben emitir
luz blanca o amarilla al frente y roja o amarilla en la parte
posterior visible a 35 metros durante el día.
d) Faros de pare.- Deben emitir luz roja
o ámbar (amarilla clara u oscura) visible por 35 metros
durante el día.
e) Faro de placas de matrícula.- Deben
emitir luz blanca para iluminar la placa con visibilidad de
16 metros.
f) Reflectores Rojos posteriores.- Deben
estar visibles en la noche cuando iluminados por una luz alta
se distingan entre 16 y 100 metros.
7) ¿Si manejo un bus,
camión, trailer o semitrailer, qué equipos básicos
debo llevar?
Equipo adicional requerido para ciertos
vehículos.- faros de despeje y de marcar lados.
Buses, camiones, trailers y semitrailers
que sobrepasen el metro setenta y seis centímetros
de ancho con carga bruta que exceda las 3.000 libras, deben
tener en el frente y atrás dos faros de despeje uno
en cada lado.
Cualquier trailer cargado con leños,
maderos y similares que excedan las 3.000 libras de carga
bruta debe tener una luz de despeje en cada lado.
Los vehículos manufacturados después
de 1956 deben estar equipados con 2 faros de cola montados
atrás; excepto las motocicletas, los ciclos de motor,
los cuadriciclos y tractores camiones.
Todas las luces de despeje deben ser visibles
a 170 metros como mínimo.
Faldón de lodo
Camiones, buses, trailers, semitralers o
trailers de postes, deben tener a más de los guardafangos,
faldones de lodo que no estén más altos de 45
centímetros de la superficie cuando el vehículo
está vacío.
Cadenas de seguridad
Todo trailer, semitrailer o trailes de postes
de tres mil libras de pero bruto debe tener una cadena o cable
que estará asegurado a la unidad de tiro.
Luces u otros instrumentos de aviso
para camiones, buses de pasajeros y similares
Todo camión de una tonelada de capacidad,
bus de pasajeros o camión debería llevar, por
lo menos, tres luces o tres linternas eléctricas rojas
o tres reflectores rojos portables capaces de ser vistos a
200 metros bajo condiciones normales atmosféricas en
la noche.
Vehículos transportando explosivos,
líquidos inflamables o gases comprimidos o combustible
deben llevar aviso de peligro por llamas o fuego o inflamable.
Reflectores
Todo camión o bus cualquiera sea su
tamaño debería estar equipado con dos luces
de despeje, reflectores y luz de parada.
Lámpara o bandera para carga
que sobresale
Cualquier carga que sobresalga un metro y
veinticinco centímetros o más detrás
del cuerpo del vehículo debe tener faros rojos visibles
a 170 metros colocados en el extremo final de la carga o una
bandera roja no menor a los 25 centímetros.
Iluminación especial para
tractores agrícolas e implementos de labranza
Cualquier tractor o implementos de labranza
que se muevan por la carretera están requeridos de
una luz al frente y otra posterior visibles a 170 metros.
Estas lámparas deben estar montadas al extremo izquierdo
del vehículo.
8) ¿Cómo
se operan los reflectores, faros y frenos auxiliares?
Reflectores y faros auxiliares
Todo vehículo puede estar equipado
con faros neblineros que no excedan de dos. Los neblineros
deben apagarse cuando se acerca otro vehículo de cualquier
dirección y deben estar usados con haces de luz baja
al frente.
Freno auxiliar
Los trailers o semitrailers y trailers de
palos o postes deben estar equipados con aire o frenos al
vacío o de un peso bruto que exceda de 3.000 libras,
debe tener un freno separado que pueda activarse si se separa
el vehículo que remolca.
Todo freno debe mantenerse en buena condición
y ajustado para operar en todas las llantas igualmente.
9) ¿Qué accesorios
y avisos que NO debo llevar en mi vehículo?
Accesorios y avisos prohibidos
Ningún vehículo debe estar
equipado con sirenas, pitos o campanas, excepto los autorizados
vehículos de emergencia.
¿Si conduzco un camión,
qué señales de aviso debo utilizar en caso de
que se averíe?
Cuando cualquier camión, bus de pasajeros,
tractor, semitrailer o trailer de postes se dañe en
la carretera o en la berma, además de las lámparas
de iluminación requeridas, deberían colocarse
los siguientes instrumentos de aviso:
• Un instrumento de aviso colocado
en el lado del tránsito de la dirección del
vehículo, a 35 metros detrás del vehículo
(75 en carreteras de doble vía), ubicado en el centro
del carril ocupado por el vehículo; un instrumentos
de aviso a 35 metros al frente del vehículo y en el
centro del mismo carril; y, una en el lado del tráfico
del vehículo a no menos de tres metros de la dirección
del tránsito contrario.
• Si el vehículo está deshabilitado dentro
de 170 metros de una curva, cuesta u otra obstrucción
para mirar, los avisos deben estar a 170 metros para dar amplio
aviso al tránsito que se acerca.
• En caso de vehículos dañados y si no
se dispone de instrumentos de aviso apropiados, el conductor
colocará dos banderas rojas en el carril ocupado por
el vehículo dañado a una distancia de 35 metros
al frente y atrás del vehículo.
• Vehículos a motor transportando explosivos,
líquido inflamable o gas comprimido que se dañe,
el conductor inmediatamente colocará una lámpara
eléctrica roja al lado del vehículo y dos lámparas
eléctricas rojas a 35 metros atrás y adelante
del vehículo en el centro del carril ocupado por el
vehículo dañado. Señales de fuego no
deben estar usadas como es obvio; adicionalmente, deben llevar
la inscripción EXPLOSIVOS marcado a los lados en letras
de 18 centímetros de altura o deben llevar en la parte
posterior una bandera roja con la inscripción PELIGRO
en letras de 12 centímetros. Cada vehículo llevará
extinguidotes de fuego llenos en un conveniente punto del
vehículo.
10) ¿Cómo debe
estar equipado un vehículo que transporta troncos y
qué medidas debo tener en cuenta?
Cada camión o camión trailer
o combinación que esté transportando troncos
deberá estar equipado por lo menos con 3 cadenas o
cables de acero sujetadores. Los sujetadores deberán
tener un diámetro de por lo menos de 38 de pulgada.
La manila del sujetador debe estar enganchada y asegurada
al mismo.
Ningún tronco deberá extenderse
detrás de los palos que forman el límite de
la carga en el tope de tales palos.
Su un camión transporte troncos por
encima del tope de los palos, la carga debe disponerse en
forma piramidal.
11) ¿Qué señales
de aviso debo utilizar si conduzco un vehículo lento?
Vehículos lentos
Los vehículos lentos o equipos, vehículos
tirados por animales o maquinaria de construcción o
mantenimiento, que se desplacen normalmente a 43 kilómetros
o menos por hora, deben llevar un emblema o aviso atrás
del vehículo, excepto la maquinaria de construcción
o mantenimiento en ejecución de trabajos de construcción
o mantenimiento guardados por un hombre o signos de aviso.
El emblema debe ser un triángulo fluorescente
de color amarillo naranja con una base de 30 centímetros
y una altura igual. El triángulo debe estar rodeado
con franjas rojas de tres cuartos de pulgada de ancho y debe
estar montado en el centro posterior del vehículo a
una altura de 90 centímetros a un metro cincuenta centímetros
de la carretera.
En una carretera de dos vías los vehículos
lentos que no dejan una clara línea para que pasen
vehículos, en la primera oportunidad en donde haya
suficiente área deben conducirse por la derecha y permitir
el paso de otros vehículos.
12) ¿Cómo debe
estar equipado un vehículo de remolque comercial y
qué medidas debo tener en cuenta?
Requerimientos de vehículos
comerciales de remolque
Todo vehículo de remolque comercial
usado para remolcar un vehículo estará equipado
con no menos dos luces brillantes rojas o 2 faroles rojos
o 2 luces de aviso o reflectores, por lo menos, 2 signos de
aviso para la carretera diseñados para estar visibles
día y noche y colocados cuando den asistencia, 65 metros
al frente y atrás del vehículo dañado,
un extinguidor de incendios de por lo menos, dos cuartos de
capacidad, una lámpara que emita luces de luz intermitentes
o una permanente luz roja montada encima de la cabina del
carro remolcador visible por 350 metros, bajo condiciones
atmosféricas normales y movible para encarar el vehículo
que se remolca; una o más escobas; una pala para remover
todo vidrio o basura, aceite o grasa depositados por el vehículo
que se dañara; y, una extensión eléctrica
portátil para iluminar en la parte posterior del vehículo
diseñado.
13) ¿Cómo
debo equipar mi motocicleta y qué medidas debo tener
en cuenta?
Motocicletas
Adicionalmente al equipo requerido, las motocicletas
deben estar equipadas con instrumentos para eliminar el ruido
y los motociclistas deben llevar casco.
14) ¿Cómo
debo equipar mi bicicleta y qué medidas debo tener
en cuenta?
Equipo e iluminación requeridos para bicicletas
• Toda bicicleta debe estar equipada
con un sistema de freno que le permita resbalar las llantas
en seco, a nivel y limpio pavimento.
• Toda bicicleta usada en la noche debería estar
equipada con:
• Una lámpara de luz blanca que emita luz visible
a una distancia de por lo menos 150 metros.
• Una luz roja posterior visible a 170 metros; adicionalmente
puede usarse un reflector posterior.
• Reflectores en las llantas, ya sea montados en los
radios o en dispositivos laterales.
Adicionalmente a lo indicado, todo ciclista
debería animarse a equipar su bicicleta con una bandera
de color anaranjado fosforescente visible desde atrás
y suspendida a no menos de 1 metro ochenta centímetros
sobre la carretera. Así muchos de los accidentes vehiculares
con bicicletas podrían evitarse.
La mayoría de accidentes se deben
a que los motoristas no ven al ciclista. Empiece a pensar
en la bicicleta como un vehículo. Ponga extra atención
cuando entra a la calle y hace giros, mire los niños
en bicicletas que pueden lanzarse entre los carros parqueados
o enfilados. Las bicicletas son más difíciles
de visualizar que el vehículo a motor y sus conductores
son más vulnerables en una colisión.
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