Preguntas Frecuentes
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VEHÍCULOS

1) ¿ Qué utilidad me brinda un vehículo?

1.- Los Vehículos automóviles

Más allá de la definición que de vehículo automóvil nos dan los diccionarios y más instrumentos análogos, un vehículo automóvil puede ser:

• Un equipo de trabajo, como en el caso de los vehículos empleados para la distribución de productos; acarreo de materiales, materias primas o insumos; etc. Al cumplir esta noble función, los vehículos facilitan el acceso de las poblaciones a los alimentos necesarios para la supervivencia; permiten un eficaz aprovisionamiento de materias primas e insumos para las industrias y empresas, en definitiva, facilitan y potencian la vida en sociedad. Pensemos un momento en cuan difícil resultará cumplir las tareas antes aludidas, si no contásemos con vehículos automóviles apropiados a los propósitos aquí referidos y tendremos una idea aproximada de la importancia de esta función de los vehículos automóviles.

• Un medio de transporte de personas, ya sea masivo, selectivo, empresarial o familiar, etc, como en los casos de omnibuses, microbuses y toda clase de automóviles carrozados con capacidad para, al menos, dos personas.

• Un medio de transporte y desplazamiento o bipersonal, como en el caso de las motocicletas, tricares, cuadrones y más velocípedos motorizados.


2) ¿Qué obligaciones obtengo al ser propietario de un vehículo?

Si usted es propietario de un vehículo, es una persona afortunada; piense, si no, en cuántas personas no pueden poseer un vehículo. Esta fortuna exige algunas obligaciones a cambio:

• Protección, cuidados y mantenimiento. En efecto, cualquiera sea la marca, el modelo y hasta la edad del vehículo, aquél tiene un costo nada despreciable y exige protecciones contra robos y daños, así como los cuidados el mantenimiento correspondiente a fin de garantizar, tanto su vida útil cuanto la seguridad de quienes viajan en él y de los transeúntes. En la actualidad la mayoría de vehículos vienen acompañados de manuales de usuario o propietario en los que se exponen con claridad las principales previsiones para el mantenimiento del vehículo; sígalas fielmente, tales previsiones han sido resumidas por verdaderos expertos y son más recomendables que la sugerencia de cualquier amigo.

• No Olvide cumplir las disposiciones legales relativas a la propiedad y al equipamiento mínimo del vehículo: esto es: Períodos legales de revisión y matrículas; accesorios no permitidos ( polarización de cristales, sirenas, por ejemplo) vigencia de su licencia; etc. Confeccione usted mismo un “cronograma” de obligaciones relacionadas con su vehículo y colóquela en algún lugar visible o accesible dentro de la cabina del vehículo, así podrá consultarlo cuando sea menester;

• No deje, jamás, las llaves del vehículo dentro de él, ni al alcance de niños menores, mucho menos si son todavía pequeños que pudieran, jugando, provocar un deslizamiento o cualquier otro percance: Una buena cantidad de accidentes se producen por esto;

• Si no dispone de un garaje cubierto que proteja el exterior de su auto, procure adquirir algún tipo de cobertor, en el mercado los hay de todo género y precio.

• Si guarda usted el vehículo en un garaje multiusuario (garaje público), tome todas las precauciones del caso y, por ninguna razón, deje usted las llaves del garaje. Si fuera necesario, y el terreno del garaje lo permite, deje el carro en neutro; así podrán deslizarlo en caso de necesidad.


3) ¿Qué seguridades debo tener en cuenta al conducir mi vehículo?

Se debe viajar en un auto en perfecto estado y no sobrecargado; respetar las distancias de seguridad y no conducir cuando se está cansando, ebrio o drogado, son simples normas de prudencia que deberían respetar todos los motoristas.

La mayoría de personas tenemos la confianza y hasta la convicción de que somos buenos conductores, hábiles para subir al auto e ir de un lugar a otro en cualquier tiempo. Pero, la verdad es que no siempre estamos aptos para conducir vehículos a motor.

Pensemos cuidadosamente en nuestra propia conducción y percatémonos de algunas circunstancias que nos inhabilitan para conducir. Seguramente, reconoceremos algunas aplicables a nosotros mismos o a personas allegadas.

Aquí es donde nuestra actitud o juicio intervienen. Cada quien es el juez respecto de su calidad de conductor.

1.- Fatiga

Conducir un vehículo es trabajo que exige constante alerta y produce cansancio aunque se o haga por diversión. La fatiga puede envolvernos antes de que nos demos cuenta de ello y hacernos tomar decisiones equivocadas al conducir.

• Cuando toma más tiempo reaccionar a condiciones cambiantes es oportuno tomar un descanso.

• La extrema fatiga puede provocar somnolencia (hipnosis de la carretera): momento de sopor, adormecimiento, cabeceo y más manifestaciones similares detrás del volante. El vehículo no está equipado con control piloto automático; por tanto, nadie debería manejar hasta el agotamiento.

• La hipnosis de la carretera es una condición de fatiga y aburrimiento en que los sentidos se reducen y embotan; la mirada se torna excesivamente fija, todo lo cual incapacita a cualquier conductor para reaccionar apropiadamente ante las circunstancias del tráfico a su alrededor.

Por razones como las anotadas, nunca conduzca más de dos horas sin un descanso y no más de seis u ocho horas en viajes largos.

2.- Tensión (Estrés)

Todo conductor maneja con su cabeza, manos y pies; pero con su personalidad también.

No es recomendable conducir cuando se está irritado, colérico, enfadado o trastornado, de tal modo que el piloto no pueda concentrarse en su conducción.

Lanzar la puerta o castigar el carro para “sacar” la irritación podría hacerle sentir mejor; pero si se considera cuántos accidentes han ocurrido justamente por esta conducta se entenderá que no vale la pena hacerlo.

Los transtornos emocionales son otro aspecto de la tensión que hace a los conductores peligrosos; pues, en tales condiciones no pueden pensar clara y calmadamente, por tanto no deberían estar detrás del volante de un carro.

3.- Enfermedad

Todos, alguna vez en la vida, estamos enfermos, como para permanecer en la cama. Aún una gripe leve puede provocar cansancio y las suficientes molestias como para causar distracciones fatales.

Aunque la misma enfermedad no se manifiesta con igual intensidad en todas las personas, la mayoría estaríamos tan disminuidos que no podríamos manejar con la misma sobriedad; no obstante muchos lo intentaríamos. Antes de hacerlo, reflexionemos y evaluemos nuestra real capacidad de conducción en tal estado y, ante cualquier duda, desistamos de instalarnos tras el volante.

4.- Alcohol

El Alcohol- no importa si proviene de cerveza, vino o licor-es una droga que entorpece los reflejos y disminuye el juicio; ya sea que el conductor se sienta bien o vivaz; una vez en el cuerpo solo el tiempo removerá el alcohol. Café negro, o ducha fría no dan sobriedad a un ebrio.

Los efectos del alcohol varían si se está cansado y dependen de algunas circunstancias como, por ejemplo: qué y cuanto se ha comido; se está tomando drogas o medicinas; etc.

Ninguna cantidad de alcohol es segura. Aténgase a una regla muy simple: No conduzca bajo efectos del alcohol.

5.- Otras drogas

Todas personas bajo influencia de drogas que alteran la mente, tales como Maguana, LSD, heroína, no debe intentar conducir. Estas drogas son impuras y su fuerza varía. Ellas afectan la conducta o el humor de las personas; así como su visión, reacción y habilidad para juzgar tiempo y espacio. Ellas tienden a hacer de los consumidores personas indiferentes y hasta inconscientes de lo que les rodea. Sus efectos son, a veces, impredecibles.

Sea especialmente cuidadoso de conducir después de tomar una nueva medicina hasta conocer cómo le afecta. A continuación algunas recomendaciones atinentes:

• Medicinas prescritas, aún las que se compran libremente, pueden afectar la condición general de todo conductor.

• Píldoras de dieta pueden provocar sensaciones de alerta y ocasionar riesgos innecesarios.

• Píldoras para dormir pueden dificultar el pensamiento y afectar las emociones y pericia para conducir, aún horas después que se las ha ingerido.

• Píldoras alérgicas y remedios para la gripa suelen provocar adormecimiento y disminución de los sentidos; igual consecuencia provocan tranquilizantes y similares.

En definitiva, conducir bajo la influencia de cualquier droga, controlada o no, es ilegal, en extremo peligrosa. Piense antes de conducir: si usted no está a buen nivel o disminuido, ¿permitiría que otra persona maneje su vehículo en tales condiciones?. Si su respuesta es “no”, obre en consecuencia y….POR FAVOR NO CONDUZCA

4) ¿Cuáles son los límites de velocidad permitidos en la Provincia del Guayas?

Todos hemos oído que la velocidad es la causa de los accidentes, pero esta afirmación no es necesariamente verdadera.

Si un conductor que maneja con cuidado; está alerta, observando las condiciones de la carretera y su tránsito y está consciente de los peligros; y, opera su vehículo a altas velocidades, no hay nada acerca de la velocidad en sí misma que causaría un accidente.

Pero por cada kilómetro por hora sobre el límite de velocidad marcado, un conductor veloz renuncia a las opciones de seguridad que existen en o bajo los límites de velocidad.

Casi todas las señales de límite de velocidad están diseñadas para los sitios o segmentados de carretera a los que aluden, tomando en consideración aspectos tales como tráfico cruzado, visibilidad, peatones, diseño de la carretera y otras circunstancias que afectan la seguridad al conducir. Cualquiera que excede, las señales de límites de velocidad se arriesga, por ejemplo, a que la curva adelante sea más cerrada de lo que aparenta; o que el punto abajo contenga carreteras cruzadas; o que peatones o animales irrumpan abruptamente en la carretera.

Obedeciendo las señales de velocidad limitada, el conductor tendría tiempo para reaccionar y evitar problemas con estos peligros. Por el contrario, como se anotó anteriormente, si el conductor toma la oportunidad de exceder el límite de velocidad, renuncia a estas seguridades construidas y diseñadas para su protección.

A más de la velocidad, mayor oportunidad de tener problemas y menor capacidad de reacción ante probables accidentes que, racionalmente, podrían evitarse.


El artículo 181 del Reglamento a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre establece límites de velocidad en general para las vías públicas, con excepción de trenes y autocarriles; son los siguientes:

Vehículos livianos:

• Dentro del Perímetro Urbano: 50 Kilómetros por hora
• En vías perimetrales: 90 Kilómetros por hora.
• En carretera: 100 Kilómetros por hora.

Vehículos de transporte masivo de pasajeros:

• Dentro del perímetro urbano: 40 Kilómetros por hora.
• En vías perimetrales: 70 Kilómetros por hora.
• En carretera: 90 Kilómetros por hora.

Vehículos de transporte de carga en carretera:

• Camiones pesados y combinaciones de camión remolque, el límite velocidad es de 70 kilómetros por hora; y,
• Para el caso de vehículos que remolquen acoples u otros automotores, se sobrentiende ( en el Registro Oficial no se establece límite de velocidad). que el límite de velocidad es de 70 Kilómetros por hora.

Además de respetar los límites de velocidad establecidos, el operador debe conducir su vehículo de manera prudente y cuidadosa y a un grado de velocidad no más grande que lo razonable y prudente en el sitio en que opera, considerando el tráfico, condición de la vía o carretera; su vehículo, visibilidad adelante para no poner en peligro la vida, la propiedad u otros derechos de cualquier persona que tiene facultad para conducir en la vía, carretera o autopista.


5) ¿En qué lugares debo reducir la velocidad?

Algunos lugares específicos en donde la velocidad debe reducirse son:

• Acercándose y cruzando una intersección o un cruce de trenes;
• Acercándose y transitando por una curva;
• Acercándose a la cima de una subida o cresta; y
• Viajando en una vía estrecha, zigzagueante o ventosa.

Conducir a altas velocidades puede ser tan peligroso como hacerlo a bajas velocidades (Arts. 154 y ss. De la LTTT; Art. 185 del Reglamento de la LTTT). En efecto, conducir a velocidades inferiores a las normales constituye un peligro. Si tres o cuatro vehículos están encolumnados detrás de usted saque su vehículo saque su vehículo a una zona segura para permitir que los siguientes vehículos continúen.

Si después de leer este artículo sobre límites de velocidad, ha determinado que la velocidad de su vehículo está controlada por las condiciones de lugar y tiempo en que conduce, se siente confiado y seguro, usted está dentro de los límites señalados. Si no se encuentra dentro de los límites señalados, probablemente tiene que releer y revisar, las razones para los límites de velocidad.


6) ¿Qué equipos básicos debo llevar en mi vehículo?

Equipo de vehículos a motor

No obstante que la LTTT y su reglamento no definen el equipo básico de los vehículos automotores, los artículos 47 y 88 de la Ley y 110 de su reglamento establecen la obligatoriedad de que los vehículos automotores cuenten con:

• Partes, componentes y equipos que aseguren que no se rebasen los límites máximos permitidos de emisión de gases contaminantes;

• Botiquín elemental de primeros auxilios;

• Extintor de incendios con capacidad de 10 Kg de polvo químico;

• Caja de herramientas básicas;

• Llantas de emergencia; y,

• Triángulos de seguridad.

No obstante lo indicado, a continuación en este punto y los subsiguientes de este capítulo se resumen algunas recomendaciones técnicas relativas al equipamiento vehicular y a los accesorios que hoy en día facilitan la conducción y garantizan su mejor desempeño.

a) Faros delanteros.- Capaces de iluminar personas o vehículos a una distancia de 120 metros con luces altas y 35 metros con luces bajas. Las luces altas deben estar bajadas cuando se encuentra con otros vehículos a 100 metros. Faros delanteros deben estar en buenas condiciones todo el tiempo, media hora antes del nacimiento del sol y media hora antes de la puesta del sol y en cualquier tiempo cuando la visibilidad debida al tiempo, viento con polvo, etc. Es menor que 160 metros.
b) Faros de cola.- Deben emitir luz roja visible a 160 metros.
c) Faros de señales.- Deben emitir luz blanca o amarilla al frente y roja o amarilla en la parte posterior visible a 35 metros durante el día.
d) Faros de pare.- Deben emitir luz roja o ámbar (amarilla clara u oscura) visible por 35 metros durante el día.
e) Faro de placas de matrícula.- Deben emitir luz blanca para iluminar la placa con visibilidad de 16 metros.
f) Reflectores Rojos posteriores.- Deben estar visibles en la noche cuando iluminados por una luz alta se distingan entre 16 y 100 metros.


7) ¿Si manejo un bus, camión, trailer o semitrailer, qué equipos básicos debo llevar?

Equipo adicional requerido para ciertos vehículos.- faros de despeje y de marcar lados.

Buses, camiones, trailers y semitrailers que sobrepasen el metro setenta y seis centímetros de ancho con carga bruta que exceda las 3.000 libras, deben tener en el frente y atrás dos faros de despeje uno en cada lado.

Cualquier trailer cargado con leños, maderos y similares que excedan las 3.000 libras de carga bruta debe tener una luz de despeje en cada lado.

Los vehículos manufacturados después de 1956 deben estar equipados con 2 faros de cola montados atrás; excepto las motocicletas, los ciclos de motor, los cuadriciclos y tractores camiones.

Todas las luces de despeje deben ser visibles a 170 metros como mínimo.

Faldón de lodo

Camiones, buses, trailers, semitralers o trailers de postes, deben tener a más de los guardafangos, faldones de lodo que no estén más altos de 45 centímetros de la superficie cuando el vehículo está vacío.

Cadenas de seguridad

Todo trailer, semitrailer o trailes de postes de tres mil libras de pero bruto debe tener una cadena o cable que estará asegurado a la unidad de tiro.

Luces u otros instrumentos de aviso para camiones, buses de pasajeros y similares

Todo camión de una tonelada de capacidad, bus de pasajeros o camión debería llevar, por lo menos, tres luces o tres linternas eléctricas rojas o tres reflectores rojos portables capaces de ser vistos a 200 metros bajo condiciones normales atmosféricas en la noche.

Vehículos transportando explosivos, líquidos inflamables o gases comprimidos o combustible deben llevar aviso de peligro por llamas o fuego o inflamable.

Reflectores

Todo camión o bus cualquiera sea su tamaño debería estar equipado con dos luces de despeje, reflectores y luz de parada.

Lámpara o bandera para carga que sobresale

Cualquier carga que sobresalga un metro y veinticinco centímetros o más detrás del cuerpo del vehículo debe tener faros rojos visibles a 170 metros colocados en el extremo final de la carga o una bandera roja no menor a los 25 centímetros.

Iluminación especial para tractores agrícolas e implementos de labranza

Cualquier tractor o implementos de labranza que se muevan por la carretera están requeridos de una luz al frente y otra posterior visibles a 170 metros. Estas lámparas deben estar montadas al extremo izquierdo del vehículo.

8) ¿Cómo se operan los reflectores, faros y frenos auxiliares?

Reflectores y faros auxiliares

Todo vehículo puede estar equipado con faros neblineros que no excedan de dos. Los neblineros deben apagarse cuando se acerca otro vehículo de cualquier dirección y deben estar usados con haces de luz baja al frente.

Freno auxiliar

Los trailers o semitrailers y trailers de palos o postes deben estar equipados con aire o frenos al vacío o de un peso bruto que exceda de 3.000 libras, debe tener un freno separado que pueda activarse si se separa el vehículo que remolca.

Todo freno debe mantenerse en buena condición y ajustado para operar en todas las llantas igualmente.


9) ¿Qué accesorios y avisos que NO debo llevar en mi vehículo?

Accesorios y avisos prohibidos

Ningún vehículo debe estar equipado con sirenas, pitos o campanas, excepto los autorizados vehículos de emergencia.

¿Si conduzco un camión, qué señales de aviso debo utilizar en caso de que se averíe?

Cuando cualquier camión, bus de pasajeros, tractor, semitrailer o trailer de postes se dañe en la carretera o en la berma, además de las lámparas de iluminación requeridas, deberían colocarse los siguientes instrumentos de aviso:

• Un instrumento de aviso colocado en el lado del tránsito de la dirección del vehículo, a 35 metros detrás del vehículo (75 en carreteras de doble vía), ubicado en el centro del carril ocupado por el vehículo; un instrumentos de aviso a 35 metros al frente del vehículo y en el centro del mismo carril; y, una en el lado del tráfico del vehículo a no menos de tres metros de la dirección del tránsito contrario.
• Si el vehículo está deshabilitado dentro de 170 metros de una curva, cuesta u otra obstrucción para mirar, los avisos deben estar a 170 metros para dar amplio aviso al tránsito que se acerca.
• En caso de vehículos dañados y si no se dispone de instrumentos de aviso apropiados, el conductor colocará dos banderas rojas en el carril ocupado por el vehículo dañado a una distancia de 35 metros al frente y atrás del vehículo.
• Vehículos a motor transportando explosivos, líquido inflamable o gas comprimido que se dañe, el conductor inmediatamente colocará una lámpara eléctrica roja al lado del vehículo y dos lámparas eléctricas rojas a 35 metros atrás y adelante del vehículo en el centro del carril ocupado por el vehículo dañado. Señales de fuego no deben estar usadas como es obvio; adicionalmente, deben llevar la inscripción EXPLOSIVOS marcado a los lados en letras de 18 centímetros de altura o deben llevar en la parte posterior una bandera roja con la inscripción PELIGRO en letras de 12 centímetros. Cada vehículo llevará extinguidotes de fuego llenos en un conveniente punto del vehículo.


10) ¿Cómo debe estar equipado un vehículo que transporta troncos y qué medidas debo tener en cuenta?

Cada camión o camión trailer o combinación que esté transportando troncos deberá estar equipado por lo menos con 3 cadenas o cables de acero sujetadores. Los sujetadores deberán tener un diámetro de por lo menos de 38 de pulgada. La manila del sujetador debe estar enganchada y asegurada al mismo.

Ningún tronco deberá extenderse detrás de los palos que forman el límite de la carga en el tope de tales palos.

Su un camión transporte troncos por encima del tope de los palos, la carga debe disponerse en forma piramidal.


11) ¿Qué señales de aviso debo utilizar si conduzco un vehículo lento?
Vehículos lentos

Los vehículos lentos o equipos, vehículos tirados por animales o maquinaria de construcción o mantenimiento, que se desplacen normalmente a 43 kilómetros o menos por hora, deben llevar un emblema o aviso atrás del vehículo, excepto la maquinaria de construcción o mantenimiento en ejecución de trabajos de construcción o mantenimiento guardados por un hombre o signos de aviso.

El emblema debe ser un triángulo fluorescente de color amarillo naranja con una base de 30 centímetros y una altura igual. El triángulo debe estar rodeado con franjas rojas de tres cuartos de pulgada de ancho y debe estar montado en el centro posterior del vehículo a una altura de 90 centímetros a un metro cincuenta centímetros de la carretera.

En una carretera de dos vías los vehículos lentos que no dejan una clara línea para que pasen vehículos, en la primera oportunidad en donde haya suficiente área deben conducirse por la derecha y permitir el paso de otros vehículos.


12) ¿Cómo debe estar equipado un vehículo de remolque comercial y qué medidas debo tener en cuenta?

Requerimientos de vehículos comerciales de remolque

Todo vehículo de remolque comercial usado para remolcar un vehículo estará equipado con no menos dos luces brillantes rojas o 2 faroles rojos o 2 luces de aviso o reflectores, por lo menos, 2 signos de aviso para la carretera diseñados para estar visibles día y noche y colocados cuando den asistencia, 65 metros al frente y atrás del vehículo dañado, un extinguidor de incendios de por lo menos, dos cuartos de capacidad, una lámpara que emita luces de luz intermitentes o una permanente luz roja montada encima de la cabina del carro remolcador visible por 350 metros, bajo condiciones atmosféricas normales y movible para encarar el vehículo que se remolca; una o más escobas; una pala para remover todo vidrio o basura, aceite o grasa depositados por el vehículo que se dañara; y, una extensión eléctrica portátil para iluminar en la parte posterior del vehículo diseñado.

13) ¿Cómo debo equipar mi motocicleta y qué medidas debo tener en cuenta?

Motocicletas

Adicionalmente al equipo requerido, las motocicletas deben estar equipadas con instrumentos para eliminar el ruido y los motociclistas deben llevar casco.

14) ¿Cómo debo equipar mi bicicleta y qué medidas debo tener en cuenta?

Equipo e iluminación requeridos para bicicletas

• Toda bicicleta debe estar equipada con un sistema de freno que le permita resbalar las llantas en seco, a nivel y limpio pavimento.
• Toda bicicleta usada en la noche debería estar equipada con:
• Una lámpara de luz blanca que emita luz visible a una distancia de por lo menos 150 metros.
• Una luz roja posterior visible a 170 metros; adicionalmente puede usarse un reflector posterior.
• Reflectores en las llantas, ya sea montados en los radios o en dispositivos laterales.

Adicionalmente a lo indicado, todo ciclista debería animarse a equipar su bicicleta con una bandera de color anaranjado fosforescente visible desde atrás y suspendida a no menos de 1 metro ochenta centímetros sobre la carretera. Así muchos de los accidentes vehiculares con bicicletas podrían evitarse.

La mayoría de accidentes se deben a que los motoristas no ven al ciclista. Empiece a pensar en la bicicleta como un vehículo. Ponga extra atención cuando entra a la calle y hace giros, mire los niños en bicicletas que pueden lanzarse entre los carros parqueados o enfilados. Las bicicletas son más difíciles de visualizar que el vehículo a motor y sus conductores son más vulnerables en una colisión.